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      Incapacidades y Tercera Edad

      Incapacidades y Tercera Edad, en Carracedo y Bosch Abogados

      Incapacidades y Tercera Edad. Cuando la naturaleza nos coloca frente a una excepción, bien de nacimiento, por accidente o enfermedad, tenemos que dar respuestas excepcionales para la protección del incapaz; tutelas, curatelas, patrimonio protegido… hay que dotar a la persona que queremos proteger de un “traje jurídico” a la medida de sus necesidades.

      Asimismo, y para cuando el transcurrir de los años nos vaya restando facultades, nada mejor que tener previstas, en forma segura, la atención de nuestras necesidades.

      Incapacidad

      • Consultas puntuales sobre la materia.
      • Declaración de incapacidad.
      • Tutela.
      • Patrimonio protegido.

      Tercera Edad

      • Asesoramiento sobre organización de patrimonio.
      • Aseguramiento de patrimonio.
      • Medidas preventivas ante posible pérdida de capacidad.